Por: Daniela Vidal Spitteler
(*)
JORNADAS PATAGONICAS DE FIDEICOMISO:
CONCLUSIONES
Las Jornadas Patagónicas de
Fideicomiso se llevaron a cabo en la Ciudad de Bariloche los
días 10 y 11 de noviembre de 2005, en la Universidad de la
Fraternidad Santo Tomás de Aquino (FASTA), con un panel
integrado por el Dr. Manuel C. Gómez de la Lastra, el Dr.
Francisco M. Pertierra Cánepa, Vocal y Director Ejecutivo de
la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión
Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP), respectivamente
y que también contó con la intervención del Dr. Juan H. Gowda,
empresario forestal e investigador de la Universidad del
Comahue. Dicho panel fue Coordinado por la Dra. Daniela Vidal
Spitteler, profesora de la Universidad
FASTA.
Finalizadas las mencionadas Jornadas, de las
disertaciones de Francisco M. Pertierra Cánepa y Manuel Gómez
de la Lastra se esbozan las siguientes conclusiones, que
pueden ser de utilidad para quienes decidan abordar la
realización de un negocio mediante este nuevo tipo de
contrato, tan en boga en el país.
CONTEXTO EN LA
ARGENTINA
En la Argentina, para lograr tasas de
crecimiento del 5% o más, es necesario un aumento
significativo de la inversión y/o de la
productividad.
En el Ranking Forbes 2000 existen 19
empresas brasileñas; 30 españolas, 5 chilenas y 1 peruana, sin
que aparezca ninguna local.
Como dato ilustrativo se
mencionó que la petrolera Shell tiene un valor tres veces
superior al de todas las empresas argentinas.
También
se destacó la manifiesta diferencia en el volumen operado
diariamente por las Bolsas de España (u$s 2500 MM) y Brasil
(u$s 440 MM) frente al de la local (u$s 28
MM).
Asimismo, los volúmenes exportados por Chile y la
Argentina pueden ser relacionados. El primero exporta u$s
34.000 MM a un promedio de u$s 750 por tonelada exportada.
Argentina con un volumen similar lo hace a u$s 379 la
tonelada, lo que implica la mitad del valor agregado en sus
exportaciones.
También pasa lo mismo si comparamos el
número de patentes por año (lo que implica uso del
conocimiento y la creatividad) entre los países desarrollados
y Argentina; lo grave es que también estamos lejos de países
similares como Brasil, México y Chile.
Por otra parte,
también se describió el escenario que mostraba el año 2005 en
el ámbito nacional, destacando un mercado con alta liquidez,
ya sea en bancos, mercados de valores o AFJP. Lo cual
implicaba una capacidad prestable de $16.700 MM, casi un 5%
del PBI. Pero los depósitos particulares en los bancos son
todos de corto plazo. La capacidad de préstamos es alta pero
cara pues se concentra en préstamos de corto plazo
(descubierto de cuenta corriente; tarjetas de crédito;
préstamos personales; etc.).
También se planteó un
escenario probable donde era posible avizorar una lenta
recuperación del crédito de largo plazo; un dólar mantenido o
levemente por debajo de los niveles actuales, para mantener el
sistema exportador; pocas posibilidades de reducciones
impositivas; necesidad permanente de superávit fiscal y
posibilidades de financiamiento sólo a través de aportes de
inversores, ahorros de particulares, reinversión de utilidades
o instrumentos no tradicionales del mercado de capitales (que
son de común práctica en el resto del
mundo).
FUNDAMENTOS DEL
FIDEICOMISO
Los fundamentos que inspiran la
figura del fideicomiso son: a) transferencia de la propiedad
de un bien del fiduciante al fiduciario; b) encargo en
confianza; c) destino preestablecido de los bienes, d) mayor
seguridad jurídica y garantía para el desarrollo de un negocio
determinado.
Asimismo, se señaló que la "confianza" es
el elemento coadyuvante que permite la instrumentación de esta
figura, por la que se transfieren activos y el fiduciario, que
los recibe, actúa como un verdadero "dueño" y en el caso de un
fideicomiso de garantía, como agente de depósito y
custodia.
El instrumento también facilita la obtención
de fondos para la concreción de un negocio y el fiduciario
administra el patrimonio así conformado de acuerdo con los
fines y límites fijados en el contrato
respectivo.
APLICACIÓN EN NEGOCIOS
DETERMINADOS
El contrato de fideicomiso,
versátil y con una gran capacidad de adaptación a las
necesidades actuales de la sociedad argentina, se ha
convertido en una herramienta ideal para la concreción de
emprendimientos de diversa índole y magnitud. En base a ello,
resulta imprescindible para quienes decidan adoptarlo conocer
a fondo la estructuración y funcionamiento de esta novedosa
figura, a fin de evitar consecuencias adversas por su mala
utilización o instrumentación. Es decir que, si bien se parte
de lo versátil que es, no resulta una figura que puede
recomendarse indiscriminadamente para encarar cualquier
proyecto o negocio.
Su uso en el mercado tiene varias
aplicaciones ya se trate de negocios inmobiliarios, ganaderos,
agrícolas o puramente financieros.
Estos son los de
mayor utilización y generalmente se orientan hacia la
captación de recursos en el mercado de
capitales.
También pueden encontrarse fideicomisos para
la estructuración de negocios que apuntan a la captación de
inversores privados.
Finalmente, pueden destacarse los
fideicomisos de interés público, generalmente estructurados
por el Estado, en cumplimiento de finalidades que hacen al
bien común.
ORIGENES Y ASPECTOS
LEGALES
La figura del fideicomiso nace en Roma
con fines específicos como fue el de solucionar ciertos
problemas sucesorios de personas (p.e. esclavos) que no podían
revestir la condición de herederos.
Pero es en realidad
en el derecho anglosajón, con su antecedente en el "use", que
se consolida a través de la figura del "trust" con su doble
propiedad (legal y en equidad).
La Ley 24.441 adopta la figura del fideicomiso
latinoamericano, que naciera con el "Proyecto Alfaro" en
Panamá en 1922.
Si bien la mencionada ley apunta al
desarrollo de la industria de la construcción, las
disposiciones de su Capítulo I permiten llevar a la práctica
el “encargo en confianza” que supone el fideicomiso y que se
estructura sobre dos grandes pilares: a) el contrato entre el
fiduciante y el fiduciario y b) la transferencia oportuna de
la propiedad fiduciaria.
Esto requiere un análisis
profundo del negocio que se pretende concretar a través de
esta figura. Como así también de una “puesta a punto” previa
del negocio o proyecto, para luego “llevar al papel” el
acuerdo de voluntades que regirá dicho contrato. Deberán
surgir del mismo, de modo claro e indubitable las concretas y
precisas instrucciones al fiduciario, como así también los
derechos y obligaciones del mismo. Sobre él recae la
responsabilidad de concretar las expectativas que llevaron a
las partes a elegir como vehículo el fideicomiso. Del
respectivo contrato, la intención de las partes, deberá surgir
clara, precisa y sin ambigüedades, plasmando la verdadera
intención fáctica o realidad económica subyacente, perseguida
por quienes lo celebraron.
En el ordenamiento jurídico
argentino (Ley 24441) que sigue el modelo del fideicomiso
latinoamericano (vigente en los países desde Méjico hasta el
nuestro) el instituto es solamente un contrato y no es una
“persona” (careciendo de capacidad para adquirir derechos o
contraer obligaciones) y solamente “existe” a través de la
gestión del fiduciario que, a la sazón, es el único titular de
una propiedad imperfecta en cabeza del mismo, mientras dure la
encomienda “en confianza” que se le ha dispensado.
La
Ley 24.441 prevé, básicamente dos tipos de fideicomisos: a)
Ordinarios (artículo 1 y 5 y b) Financieros (artículo 19),
donde se prevé la emisión de valores negociables (certificados
de participación y/o títulos de deuda) y su oferta pública y
privada.
FONDOS DE INVERSIÓN DIRECTA
(FID)
Este nuevo tipo de fondos de inversión en
el país, distintos de los denominados "fondos comunes", que
son regidos por la Ley 24.083, son una manera particular de
utilizar el contrato de fideicomiso
Los FID han sido
pensados para orientar capital de riesgo a proyectos de
inversión en la economía real, que es una fuente ávida de
inversiones de todo tipo.
Esto lleva a la producción de
bienes y servicios, lo cual es una usina de generadora de
nuevos empleos.
No debe dejarse de tener en cuenta que
las causas directas del crecimiento económico son la
acumulación de capital humano y físico, de tecnología y la
utilización racional de los recursos naturales. Todo lo cual
requiere de una administración profesionalmente orientada.
Asimismo, cabe señalar que la estabilidad económica
sólo proviene como consecuencia de un crecimiento sustentable,
para el cual son condición ineludible la invención, la
innovación técnica, la aptitud gerencial y la capacidad
emprendedora.
Los FID son un medio para canalizar
ahorro genuino con un sentido alejado de la mera especulación
financiera.
En su esencia son una universalidad
jurídica patrimonial especial integrada por bienes de distinta
naturaleza.
Se caracterizan por carecer de personería
jurídica y por tener una administración profesional del
emprendimiento productivo que le da origen, con causa en un
contrato de fideicomiso.
Deberá ser “un traje a
medida”, en función del objetivo perseguido en cada caso.
Por ello, no es aconsejable la utilización de “modelos
de contratos de fideicomiso” o la simple copia de otro, que
sirviera para un negocio encarado por un tercero. Ambos, rara
vez reflejarán los objetivos que verdaderamente las partes
tenían en miras al momento de la celebración o en el peor de
los casos dejarlos “atrapados sin salida” frente a una idea
que en su génesis era promisoria o realizable.
Siempre
antes del contrato, las partes deberán conocer a fondo el
enfoque real y en términos económicos del emprendimiento o sea
la estructuración profesional del negocio a
encarar.
EL ROL DEL FIDUCIARIO
El
fiduciario es una de las partes constitutivas del contrato de
fideicomiso, conjuntamente con el fiduciante.
Es,
además, quien ejerce la "propiedad fiduciaria" en beneficio de
quienes se designe en dicho contrato.
No cabe la
posibilidad de que el fiduciante sea fiduciario y tampoco de
que éste se beneficie con los bienes puestos a su
cargo.
Puede ser una persona física o jurídica
(condición exigida para los fideicomisos financieros ser
"Fiduciario Financiero" inscripto en el registro de la
Comisión Nacional de Valores y / o los Bancos, que están
autorizados para serlo por la Ley de Entidades Financieras).
Cuando un fiduciario ofrece sus servicios
profesionales como tal y al público en general, deberá estar
inscripto ante la Comisión Nacional de Valores y contar entre
otros requisitos, con un patrimonio neto de $2
millones.
La ley requiere que el fiduciario cumpla sus
funciones con la prudencia y diligencia de un "buen hombre de
negocios", que actúa de conformidad con la confianza en él
depositada.
Deberá rendir cuentas por lo menos una vez
al año y el contrato no podrá dispensarlo de esta
obligación.
La responsabilidad del fiduciario se rige
por la generales de la ley en la materia y especialmente por
el artículo 909 del Código Civil (en "los
contratos que suponen una confianza especial entre las partes"
la responsabilidad se mide "por la condición especial de los
agentes").
FIDEICOMISO FINANCIERO: EVOLUCION Y
TENDENCIA
Se observa una crecimiento de este
tipo de fideicomisos en el mercado especialmente en la era
"post default", con una extensión lenta de los plazos de
colocación de las emisiones.
La participación
mayoritaria en este tipo de instrumentos es de inversores
institucionales (Bancos 30%, AFJP 405, Compañías de Seguros
20%).
Las emisiones de títulos han aumentado de 29 en
1999 a 78 en el 2004.
FONDOS FIDUCIARIOS
FORESTALES
De la exposición del Dr. Juan H.
Gowda, referida a casos de aplicación práctica de fideicomisos
productivos en el país y en la zona, puede concluirse lo
siguiente:
Los Fondos Fiduciarios Forestales, cuentan
con la característica de ser a largo plazo, de baja renta pero
de bajo riesgo (sumamente interesante para una economía local
cambiante).
Ello porque, el bosque crece lento pero
seguro. Asimismo, la renta biológica (crecimiento) está
disociada de la economía en general y de la economía y
política argentina, en particular. El activo forestal sigue
creciendo si la decisión es no realizarlo, permitiendo
analizar el costo y beneficio de la espera.
La
rentabilidad dependerá de cada proyecto, las tasas de más del
10% para este tipo de emprendimiento son (a criterio del
disertante) la primer señal de que algo está
mal.
FONDOS FORESTALES DE LARGO
PLAZO
Analizando esta modalidad en el mundo;
constituyen para E.E.U.U. la principal herramienta de
financiación del sector forestal, con un reciente ingreso en
Asia-Pacífico, propulsada por capitales de E.E.U.U. También
han sido receptados en Chile, Uruguay y Brasil, pero en
Argentina no han seguido idéntica suerte.
La operatoria
utilizada internacionalmente surge principalmente de fondos
privados y públicos de jubilación. En cifras, existe un valor
estimado en EEUU de más de 10.000 millones de USD, cuyo
principal operador es HANCOCK (6.400 millones de USD), la
renta estimada oscila entre un 5% y 7% (TIR).-
Las
necesidades básicas para el desarrollo óptimo de estos fondos
son: a) Mercado profundo (mucha industria), b) Estabilidad
económica, c) Seguridad jurídica, d) Potencial de crecimiento
en superficie, e) Bajo riesgo ambiental (¡¡¡¡no reemplazar
bosque nativo!!!!), f) Sistema impositivo claro y estable,
g)Profesionales competentes y sistema de servicios
desarrollado, h) Siendo todo lo demás secundario, aún hasta
los propios árboles.
CASO
ARGENTINO
Fideicomiso Financiero Forestal I –
Fondo de Inversión Directa-(FFFI). Fondo híbrido desarrollado
por la Unión de Bancos Suizos(UBS) con dinero de AFJP (20
millones) Activo localizado en Corrientes, a 7 + 3 años.
Inicio en 1999. A pesar de que el FFFI no tenía un proyecto de
negocios claramente definido y compró activos en un sector
poco desarrollado, pasando por una devaluación, pérdida de
contratos y quebrantos de varios clientes, es posiblemente la
única inversión de nuestras AFJP que mantiene la rentabilidad
esperada al fondearse (8-10%). Sin perjuicio de esto, las AFJP
no han intentado repetir la experiencia de Corrientes, a pesar
de que el período "post devaluación" brindaba una oportunidad
única de combinar bajo riesgo con alta
rentabilidad
POTENCIAL
PATAGONICO
La provincia de Neuquén propicia el
desarrollo de estos fondos para el establecimiento de
forestaciones, que enfrentan las principales condicionantes
para la inversión en forestaciones en la Patagonia, a
saber:
• Incendios forestales (3% anual
quemado)
• Plagas (Sirex y liebres son hoy el principal
problema)
• Mercado inexistente, porque no hay
industria forestal ni prestadores de servicios de esta
naturaleza.
Frente a estos límites surge como
alternativa, el manejo de bosque nativo o existente.
Igualmente esto cuenta con otros condicionantes: a) falta de
conocimiento y de un marco legal adecuado de las instituciones
reguladoras competentes en las Provincias patagónicas o del
Estado Nacional; b) falta de capacidad técnica en las
instituciones soporte (INTA y CIEFAP); c) opinión pública,
caracterizada por la falta de credibilidad en estas
modalidades nuevas
No obstante todos los límites o
condicionantes comentados, la Patagonia se encuentra
actualmente con un mercado inmobiliario altamente
especulativo, centrado en el turismo, colocando en desventaja
la rentabilidad de todo proyecto productivo primario. Un
sector industrial, comercial y de servicios públicos
incipiente, sin capacidad de gerenciamiento, con recursos
humanos no capacitados o acostumbrados al asistencialismo;
muchas veces provocado por la característica del trabajo
claramente estacional o de temporada ( tanto en el sector
primario como en el de servicios). Ello acompañado de un
rápido crecimiento demográfico, no acompañado por el
desarrollo de actividades productivas.
Nuevamente se
recomienda que exista una “evaluación de riesgo clara” para
conocer a fondo el negocio.
EMPRENDIMIENTO EN
BARILOCHE: “PUERTO MANSO”
En el extremo sur del
Parque Nahuel Huapi, sobre la costa del Río Manso, se está
construyendo un lugar para disfrutar del bosque patagónico.
Con 60 hectáreas dedicadas al cuidado de la naturaleza y al
cultivo orgánico de hortalizas y fruta, ofrece una alternativa
para el turismo, con distintas actividades (desde pesca hasta
rafting).
El emprendimiento se estructuró como un
fideicomiso ordinario, en un marco geográfico particularmente
dotado por la naturaleza.
La figura base utilizada fue
un proyecto agroturístico forestal a 10 años, que puede ser
liquidado si las partes no convienen el futuro a seguir con el
proyecto, con bienes fiedicomitidos particulares (p.e. un
permiso precario de ocupación en tierra fiscal y capital de
inicio de baja envergadura), todo ello desarrollado por
personas amantes de la Patagonia.
(*)Abogada -
Apoderada judicial del Consejo Profesional de Ciencias
Económicas de Río Negro, y de diversas empresas del ámbito
local - Profesora adjunta en las cátedras de Derecho
Financiero y Tributario para las carreras de Contador Público
y Abogacía de UFASTA. - Profesora de la cátedra de Derecho
Público para la carrera de Contador Público, de la citada
Universidad. |