Consecuencias del mega apagón

Autor
Francisco Pertierra Cánepa
Medio
El Economista
Mes/Año
13 de abril de 2023
Francisco Pertierra Cánepa

El Estado, a través de planes técnicos estructurados y protegidos por fideicomisos como vehículo óptimo para las políticas públicas, podrá cumplir responsablemente su rol de brindar seguridad y justicia mejorando la calidad de vida de todos los argentinos.

El 1° de marzo se produjo el segundo mayor apagón de la historia argentina afectando a más de 6 millones de hogares de casi todo el país.  

La caída del servicio de energía no es novedad dada la baja confiabilidad del sistema interconectado, pero en este caso el impacto transcendió por su gravedad debido a la amplitud geográfica y la duración, llegando a extremos donde barrios completos estuvieron a oscuras por plazos mayores a una semana. Según las investigaciones, el hecho ocurrió por un incendio de pastizales en la zona de Gral. Rodríguez donde, agravado por la persistente sequía, el fuego alcanzó el cableado de alta tensión provocando el corte energético de la central nuclear Atucha 1 y Central Puerto.  

En trabajos anteriores, habíamos expuesto que en el 2021 se creó a través de la Resolución 93 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el denominado "Fideicomiso del Fuego", con un esquema donde el fiduciante, beneficiario y fideicomisario ese ministerio (Estado Nacional) y el fiduciario es BICE Fideicomisos S.A., la sociedad del mismo banco público. 

La constitución de este fideicomiso se fundamentó según quienes lo lanzaron, en cumplir con el interés común referido a la preservación y conservación del medioambiente en la prevención y mitigación de incendios en todo el territorio nacional.  

Ahora bien, ante la cuasi tragedia ocurrida por el apagón, no sirve sólo lamentarnos si no que debemos darle valor estudiando y reflexionando sobre las causas y consecuencias, ya que en un primer análisis técnico queda de manifiesto las ausencias y/o debilidades en la gestión de la estructura diseñada para este fideicomiso del Estado, donde se han vulnerado claramente los objetivos subyacentes perseguidos y las partes y sujetos del contrato redactado. 

En consecuencia, debemos evaluar con honestidad intelectual una serie de interrogantes tendientes a vislumbrar cuáles podrían haber sido las falencias puntuales, dejando de lado el azar de la acción climatológica, que generaron esta falla en la ejecución de políticas en la prevención de los incendios.  

Debe destacarse la conjunción negativa con la ola de temperaturas máximas y sostenidas, que facilitan la generación de múltiples focos de incendios, pero sabemos que esos procesos no ocurren de inmediato si no que se va dando a lo largo del tiempo lo que permite, ante las alertas, ir tomando medidas de prevención y contención. Obvio, siempre que estas hubieran sido planificadas.  

Pero todo hace parecer que estas alertas no fueron advertidas y por ello, el accionar del Estado a través de sus múltiples organismos y estructuras, debería haber ejecutado las acciones necesarias y adecuadas para proteger a la población en lo que hace al normal desarrollo y cuidado de la calidad de vida de las personas, especialmente ante catástrofes que están muy estudiadas en todo el mundo lo que permite su planificación. 

El problema sobreviene cuando esas estructuras no son idóneas, o están superpuestas, son perezosas y/o ineficientes. Por eso, diseñar un fideicomiso para prevenir catástrofes como los incendios no se agota en financiar el equipamiento de algunas provincias y/o municipios con autobombas, camiones, herramientas y otros elementos para la mitigación de los incendios forestales. 

En consecuencia, debemos esperar que el Estado conjuntamente con el sector privado, actúe integradamente promoviendo la sinergia de ambos sectores para funcionar como una fuente de seguridad en favor de las poblaciones que pudieran ser afectadas negativamente por estos siniestros. 

Cuando estos sistemas burocráticos y costosos no dan solución, se generan dudas acerca de la capacidad de respuesta del Estado dando señales negativas sobre la credibilidad de sus autoridades.  

Adicionalmente, ya hemos advertido sobre los problemas de fondo de los fideicomisos del Estado, donde coexisten la legislación de fideicomiso en el Código Civil y Comercial con los decretos y resoluciones de los distintos organismos del Estado, tratando de diseñar un marco jurídico, tanto de las partes del contrato (fiduciante-fiduciario) como de los terceros partícipes (comités, autoridades de aplicación, etcétera). 

Sin embargo, e independientemente de la falta de una ley específica, este fideicomiso creado para la mitigación de incendios a nivel nacional no ha podido brindar una respuesta satisfactoria en la prevención del hecho que ocasionó la interrupción de energía eléctrica y con ello, la pérdida significativa de producción, empleo y bienestar social.  

Por lo tanto, desde nuestro lugar de especialistas e impulsores del fideicomiso como instrumento innovador en la consecución exitosa de políticas públicas para el cuidado y preservación del medio ambiente, debemos recomendar una fuerte revisión del conjunto de proyectos que subyacen al fideicomiso, que siempre deben ser analizados con una visión integral y de faros largos, en este caso por las estructuras responsables del contrato del Fideicomiso del Fuego, promoviendo un análisis exhaustivo de la planificación y capacidad del fondo de prevenir y/o responder a los incendios que pudieran suscitarse, evaluando si los planes son integrales y de incumbencia federal; si los recursos involucrados son suficientes o se requiere un mayor volumen de fondos; si el management está especializado y tiene expertise (específicamente nos referimos al fiduciario y sus agentes de gestión, ejecución y control); si el personal se encuentra capacitado; si la evaluación de riesgos es la correcta, y si la logística y ubicación geográfica de puntos de contención de incendios ha sido bien diseñado.  

Ante el hecho consumado, de aquí en más solo queda mejorar lo existente, revisando los planes de negocios, delimitando claramente las responsabilidades de las partes y sujetos del contrato y reforzando los controles, incluyendo auditorías integrales, detalladas y muy rigurosas, para demostrar que aprendimos la lección.  

Todo esfuerzo realizado para mejorar la gestión no es en vano, sabiendo que su fiduciario (propietario temporal de los bienes), con la debida diligencia e idoneidad, pueda llevar a cabo todas las acciones conducentes a cumplimentar el encargo que el Estado le encomendó en relación con el negocio subyacente, priorizando siempre el interés público. 

Entonces, el Estado a través de planes técnicos estructurados y protegidos por fideicomisos como vehículo óptimo para las políticas públicas, podrá cumplir responsablemente su rol de brindar seguridad y justicia mejorando la calidad de vida de todos los argentinos.