Educación: Cinco leyes para el 11 de diciembre
Aulas en funcionamiento y una población educada requieren varias cosas, pero algunas son alternativas que ya prueban Uruguay, EE.UU y Alemania con muy buenos resultados, incluso entre los sectores más desfavorecidos. Cuáles son.
La Argentina está atravesando uno de los períodos más difíciles de su historia. Es de esperar que, como el ave fénix, una nueva Argentina puede emerger de sus cenizas, pero para ello es imprescindible no perder un sólo día más.
Es claro, y nuestra historia reciente es contundente evidencia de ello, que el gradualismo, frente a la tremenda realidad que enfrentamos, está lejos de ser una alternativa. El camino más largo comienza con el primer paso, el 11 de diciembre el nuevo gobierno, ya sea que represente al oficialismo o a la oposición, tendrá la oportunidad de darlo.
“Todos los problemas son problemas de educación”, nos decía Domingo F. Sarmiento. ¿Qué mejor imagen para ilustrar nuestra realidad? Al fin y al cabo, desde el crecimiento económico hasta la inseguridad, sin olvidarnos, por supuesto, de la equidad distributiva, se encuentran directamente asociados a la educación.
¿Qué opinan los candidatos que habrán de disputar el ballotage sobre la pertinencia de las mismas? Sería de utilidad que lo supiésemos al momento de emitir nuestro voto. De lo contrario, ¿cómo es posible que los ciudadanos votemos conscientemente a quién consideremos el más adecuado para ocupar la primera magistratura?
Por ello esta nota propone cinco leyes que he desarrollado en innumerables columnas de opinión a lo largo de los años, las cuales le permitirían al gobierno tomar la iniciativa frente a una crisis casi terminal que tiene la oportunidad, y la responsabilidad, de revertir.
Comencemos por la primera de ellas.
1. Los niños deben concurrir a la escuela
Nuestro país demuestra con contundencia que el hecho que los niños estén en el aula no es garantía de que accedan a educación de excelencia; pero si ni siquiera tienen clases no existe posibilidad alguna, la primera legislación se encuentra dirigida a permitir algo tan natural como que los niños puedan concurrir a la escuela.
Frente a la utilización sistemática del paro como elemento de presión sindical, la educación debe ser declarada servicio esencial, regulándose el derecho de huelga en la actividad y defendiendo el derecho a educarse, de sobremanera de aquellos niños y jóvenes que pertenecen a las familias más desfavorecidas económicamente, generando de esta forma una mayor igualdad de oportunidades.
2. Hacer público el resultado evaluativo preservando la identidad de los alumnos
El gobierno no podrá realizar la reforma educativa que nuestro país requiere sin el apoyo de los padres, quienes dieron muestras sobradas de su responsabilidad al oponerse al irracional cierre de las escuelas durante la pandemia. Pero para ello es necesario que conozcan la realidad.
Las evaluaciones son la llave del reino, pero los resultados a nivel de escuela deben ser de conocimiento público. Por ello es imprescindible modificar el Artículo 97 de la Ley 26.206, el cual establece que “la política de difusión de la información sobre los resultados de las evaluaciones resguardará la identidad de los/as alumnos/as, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización”.
¿Estigmatización? Por supuesto se debe preservar la identidad de los alumnos y docentes, pero no así de las instituciones educativas. Modificar el artículo 97 despertaría a los padres, les haría ver la realidad, los haría reaccionar. Su indignación le daría al nuevo gobierno el apoyo imprescindible para enfrentar a los sindicatos docentes, los más acérrimos defensores del statu quo.
3. Disponer de una gran educación
En 1995 Steve Jobs expresó en una entrevista realizada por el Smithsonian Institution: “Yo no creo en la igualdad de resultados, pero realmente creo en la igualdad de oportunidades. La igualdad de oportunidades para mí más que nada significa una gran educación”. El Uruguay cuenta con una legislación de mecenazgo educativo consistente con esta apreciación; replicarla en nuestro país constituye la tercera legislación.
Veamos brevemente el modo en que la legislación uruguaya facilita el funcionamiento de escuelas gratuitas de gestión privada, que se financian con aportes de empresas o particulares, no reciben ninguna subvención del Estado y brindan educación a adolescentes que viven por debajo de la línea de pobreza, alcanzando excelentes resultados académicos.
Su financiación es posible gracias al artículo 78 de la Ley 18.083/2006 y su modificación, el art. 269 de la Ley 18.834/2011 (sintetizado): “Las donaciones que las empresas contribuyentes del Impuesto a las Rentas e Impuesto al Patrimonio realicen a las entidades que se indican en el artículo siguiente (ej. instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria o secundaria que atiendan a las poblaciones más carenciadas) gozarán del siguiente beneficio: el 75% de las sumas se imputará como pago a cuenta de los tributos mencionados“.
Una legislación como la uruguaya permitiría incrementar el rendimiento académico, reduciendo a la vez la deserción, aún en contextos sociales claramente desfavorables.
4. Modificar la Ley 27.204
La cuarta legislación está dirigida a nuestros jóvenes. Es bien sabido que la Argentina constituye una extraña peculiaridad entre las naciones, ya que carece de cualquier sistema de evaluación del nivel de los conocimientos de los estudiantes secundarios antes de ingresar a la universidad. Como bien señala Alieto Guadagni, no se conoce en el mundo una ley como la 27.204, que prohíbe cualquier tipo de examen para estimular un ingreso de estudiantes bien preparados a la universidad.
La modificación de la ley 27.204 evitaría estafar a miles de jóvenes que pierden valiosos años de sus vidas realizando estudios universitarios que nunca habrán de concluir, en lugar de prepararse para insertarse exitosamente en el mercado laboral.
¿Cómo prepararlos? Adoptando el llamado sistema de educación dual alemán, en el cual los estudiantes, que optan por realizarlo, pasan una cantidad importante de tiempo en un lugar de trabajo, durante la segunda parte de su educación secundaria. Conforme va transcurriendo el proceso de aprendizaje, el estudiante incrementa el tiempo de entrenamiento en la empresa y reduce el tiempo de aprendizaje en la institución educativa. Al finalizar sus estudios, muchos ingresan directamente a puestos de trabajo en las empresas en las que realizaron sus entrenamientos.
Si deseamos que los jóvenes, fundamentalmente aquellos pertenecientes a las familias de menores ingresos, terminen el secundario con calificaciones que les permitan incorporarse exitosamente al mercado laboral es necesario llevar a cabo una real reforma educativa y no soluciones cosméticas que sólo habrán de mejorar las estadísticas de graduación, estafando a quienes supuestamente se desea beneficiar.
5. Programa de educación o formación profesional para adultos
La quinta legislación propuesta no se enfoca en la educación de los niños sino en la de millones de adultos beneficiarios de planes sociales; los cuales constituyen la cronificación de la pobreza.
¿Cómo reinsertarlos en la sociedad? Esta idea no es nueva, tiene su génesis en una de las piezas más significativas de la legislación norteamericana, la llamada Declaración de Derechos de los Veteranos de Guerra, GI Bill of Rights, sancionada por el presidente Franklin D. Roosevelt en junio de 1944.
La misma, como explicitó el presidente Roosevelt al firmar la Ley, “otorga a hombres y mujeres la oportunidad de reanudar sus estudios o capacitación técnica luego de su licenciamiento, o de tomar un curso de actualización o de reentrenamiento, sin cargo de matrícula hasta US$ 500 por año escolar, y con el derecho a recibir una asignación mensual mientras desarrolle dichos estudios.”
Gracias al GI Bill of Rights, millones de personas que hubiesen intentado ingresar al mercado de trabajo luego de la guerra, sin capital humano para ello, optaron por reeducarse. Para la culminación del proyecto, en julio de 1956, 7,8 millones, de los 16 millones de veteranos de la Segunda Guerra Mundial habían participado en un programa de educación o formación profesional.
Una ley, imbuida de este espíritu, que requiera que todo beneficiario de un plan social concurra a una escuela de adultos técnica, con el fin de completar su educación formal, o que tome cursos de entrenamiento profesional en un amplio menú de actividades productivas, como requisito para hacerse acreedor al subsidio, facilitaría su reinserción en la sociedad productiva.
Nadie, en condiciones de trabajar, debería mantener el subsidio de no hacerlo. De lo contrario la Argentina va camino a convertirse en una sociedad de clases donde una elite educada mantiene a una clase permanente de desempleados. Un escenario fiscalmente insostenible y éticamente reprochable.